lunes, 16 de febrero de 2009

VI Convenio del Hotel Colón. Artículo 4. Ámbito temporal.

Las condiciones pactadas en el presente Convenio entran en vigor, excepto las cláusulas por las cuales se establecen otra duración, el 1 de enero de 2008, con independencia de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat.

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